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Nuevo Real Decreto 517/2024 Drones

El nuevo Real Decreto 517/2024 regula el uso de drones en España desde el 25 de junio de 2024

Un nuevo marco legal para los drones en España

El 25 de junio de 2024 entró en vigor el nuevo Real Decreto 517/2024, que modifica la normativa anterior (Real Decreto 1036/2017) y establece un nuevo marco legal para el uso de drones en España. Esta actualización busca adaptar la regulación a las últimas tecnologías y tendencias, así como garantizar la seguridad, la privacidad y la protección del medio ambiente, personas e infraestructuras.

¿A quién afecta el nuevo Real Decreto?

El Real Decreto 517/2024 aplica a cualquier persona física o jurídica que opere un dron en territorio español, ya sea con fines profesionales o recreativos (se elimina la destinción entre profesional y recreativo).

Principales novedades del Real Decreto 517/2024:

  1. Categorías de drones:
  • Categoría Abierta (C0): Drones de menos de 250 gramos. No requieren licencia ni registro, pero sí deben cumplir ciertas limitaciones de vuelo.
    • Altura máxima: 120 metros.
    • Vuelo en aglomeraciones urbanas: Prohibido.
    • Vuelo sobre personas: Prohibido.
    • Distancia horizontal máxima: 150 metros.
  • Categoría Específica (C1, C2, C3, C4): Drones entre 250 gramos y 4 kilogramos. Se necesita licencia de piloto y registro del dron.
    • Requisitos para la licencia de piloto: Varían según la subcategoría (C1, C2, C3, C4).
    • Requisitos para el registro del dron: Inscripción en el Registro de Aeronaves No Tripuladas del Ministerio del Interior.
  • Categoría Certificada (C4, C5): Drones de más de 4 kilogramos. Se exige una licencia de piloto profesional, registro del dron y la obtención de un Certificado de Operador Aéreo (COA).
    • Requisitos para la licencia de piloto profesional: Licencia ATPL o superior.
    • Requisitos para el Certificado de Operador Aéreo (COA): Cumplir con los requisitos establecidos por la AESA.
  1. Zonas de vuelo (zonificación UAS):
  • Zona de exclusión (ZEX): Prohibido el vuelo de drones. Incluye aeropuertos, helipuertos, centrales nucleares, etc.
  • Zona de restricción (ZR): Se requiere autorización específica para volar.
  • Zona de baja altitud (ZBA): Se aplican limitaciones de altura y distancia.
  • Zona de vuelo libre: Puedes volar tu dron sin restricciones, siempre que cumplas con las normas generales.
  1. Requisitos para volar:
  • Edad mínima: 14 años para la categoría Abierta y 16 años para las categorías Específica y Certificada.
  • Licencia de piloto: Obligatoria para las categorías Específica y Certificada.
  • Registro del dron: Obligatorio para las categorías Específica y Certificada.
  • Seguro de responsabilidad civil: Obligatorio para todos los drones, excepto para los de categoría Abierta que operen en zonas de bajo riesgo.
  1. Registro de drones:
  • Se crea el Registro de Aeronaves No Tripuladas en el Ministerio del Interior.
  • Deben registrarse todos los drones de categoría Específica y Certificada.
  • El registro se realiza de forma online a través de la Sede Electrónica del Ministerio del Interior.
  1. Operaciones no EASA:
  • El Real Decreto también regula las operaciones de drones realizadas por organismos públicos para actividades como vigilancia, emergencias o control del tráfico.
  • Estas operaciones deben cumplir con requisitos específicos establecidos por la AESA.

Recursos adicionales:

Conoce la normativa, respeta las zonas de vuelo y las normas de seguridad para disfrutar de tu dron sin poner en riesgo a nadie.

Recuerda:

  • La información proporcionada en este post es de carácter informativo y no debe considerarse como asesoramiento legal.
  • Consulta siempre las fuentes oficiales y la normativa vigente antes de realizar cualquier operación con dron.

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